FOTOGRAFIAS CASERAS -
FOTOS DE FOTEROS
Considerando que todo animal posee derechos.
Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido
y siguen conduciendo al
hombre a cometer crímenes
contra la naturaleza y contra
los animales.
Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los
derechos de la existencia de otras especies animales, constituye el fundamento
de la coexistencia de las especies en el mundo.
Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza que siga cometiéndolo.
Considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar,
comprender, respetar y amar a los animales.
Se proclama lo
siguiente:
Artículo 1
Todos los animales nacen iguales ante la Vida y tienen los mismos derechos a la
existencia.
Artículo 2
Todo animal tiene derecho al respeto. El humano, en tanto que especie
animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a otros animales o de
explotarlos violando este derecho.
Tiene la obligación
de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
Todos los animales
tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del humano.
Artículo 3
Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad.
Si es necesaria la
muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no
generadora de angustia.
Artículo 4
Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir
libremente en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático, y
a reproducirse.
Toda privación de
libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a
este derecho.
Artículo 5
Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el
entorno del humano, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las
condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.
Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el
humano con fines mercantiles es contraria a este derecho.
Artículo 6
Todo animal que el humano ha escogido como compañero tiene derecho a que
la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
El abandono de un
animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del
tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al
reposo.
Artículo 8
La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o
psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata
de experimentos médicos científicos, comerciales, o de cualquier otra
forma de experimentación.
Las técnicas
alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido,
instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para
él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10
Ningún animal debe ser explotado
para esparcimiento del humano. Las exhibiciones
de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles
con la dignidad del animal.
Artículo 11
Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio,
es decir, un crimen contra la vida.
Artículo 12
Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes
es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
La contaminación y la
destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo 13
Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
Las
escenas de violencia en las que los animales son victimas deben ser
prohibidas en el cine y la televisión, salvo si ellas tienen
como fin el dar muestra de los atentados contra los
derechos del animal.
Artículo 14
Los organismos de protección y salvaguarda de los animales
deben estar representados a nivel gubernamental.
Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son
los derechos del hombre.
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Por favor lee la "Carta
de un perro a su dueño"
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